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Subvenciones para el teletrabajo en la Comunidad Valenciana.

Ante la situación actual en la que la mayoría de las empresas se han visto obligadas a implantar el teletrabajo y se han dado casos que no contaban con el equipo necesario o los programas adecuados para ello, y teniendo en cuenta que puede haber futuros rebrotes, la Generalitat ha lanzado subvenciones de hasta el 40% con el principal objetivo de facilitar la implantación del teletrabajo, y extenderlo en las pequeñas y medianas empresas de la Comunitat Valenciana. 

El teletrabajo, es ese conocido lejano que todos teníamos, pero pocos conocíamos en persona, y ahora, a la fuerza nos ha tocado hacerlo, y aunque tiene muchas ventajas implantarlo, como la conciliación familiar-laboral o mayor flexibilidad entre otras, también cuenta con un coste económico, sobre todo en la parte de tecnología o software en la nube, que muchas empresas no pueden asumir.

La subvención permite establecer hasta un 40% de ayuda si adaptamos nuestra empresa al teletrabajo, lo que supone la actualización de los dispositivos informáticos o la implantación de softwares en la nube, como es el caso de netPrevencion, que nos permiten seguir trabajando desde nuestras casas o cualquier lugar con conexión a internet. Es decir, el contable puede seguir con la facturación desde su casa y solo necesita un ordenador y un usuario y contraseña para acceder a netPrevencion, también el técnico podrá realizar las evaluaciones de riesgos con las tablets y terminarlas desde su casa. Todos los departamentos podrán realizar sus tareas desde fuera de la oficina. Hay que destacar también, la utilización del CAE, que actualmente es muy importante tener el control de la documentación entregada a mis empresas y saber muy de cerca quién ha accedido a mis instalaciones, y más que por un tema legal, es por un tema de seguridad y salud. 

Muchas empresas son las que se siguen resistiendo a la digitalización, pero como hemos visto con la situación actual, todo puede cambiar de un momento a otro y el trabajo no puede parar solo porque no podamos trabajar presencialmente. Ahora es el momento de hacer cambios, hay que estar preparado para lo que puede venir y para adaptarnos a la nueva normalidad, y por ello la Generalitat lanza estas ayudas, que es ese pequeño empujón que a muchos nos falta, 

A continuación, detallamos un poco los requisitos de la subvención y cuáles son los campos que abarcaría.

¿Quién puede solicitarlo?

Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril (BOE núm. 102, de 28 de abril de 2007):

a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43. b) Sección H-Divisiones 49 a 53. c) Sección J-Divisiones 58 a 63. d) Sección M-Divisiones 69 a 74.

No podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen actividades financieras, inmobiliarias, de producción primaria de productos agrícolas o que operen en los sectores de la pesca y la acuicultura.

Requisitos de los proyectos:

• Presupuesto subvencionable igual o superior a 6.000 €. • Iniciados con posterioridad al 1 de enero de 2020 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de presentarse la solicitud. • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la CV. • 1 proyecto por empresa solicitante.

Actuaciones Apoyables:

Se apoyará el desarrollo de proyectos de I+D+i de la empresa solicitante, así como las inversiones inmateriales o en bienes de equipo relacionados con proyectos de esa naturaleza:

a) Soluciones de acceso a redes corporativas, entre otras, escritorios remotos, virtuales, y operación remota de equipos y dispositivos. Se incluye la puesta en funcionamiento de los sistemas de telecomunicación, sistemas de seguridad avanzados y de monitorización remota, necesarios para el correcto funcionamiento de las soluciones.

b) Soluciones para facilitar el teletrabajo en grupo, su organización y seguimiento

c) Soluciones para facilitar el control y la operación remota de procesos productivos, monitorización y soporte remoto de productos, así como la prestación de servicios no presenciales.

Cuantía subvención.

Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  1. Pequeña empresa: hasta el 40%

  2. Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros

Coste subvencionable:

  1. Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se considerarán:

  2. – Licencias de software.

  3. – Desarrollo aplicaciones a medida.

  4. – Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto. ( Dentro de este apartado específico se incluye netPrevencion y netCAE).

  5. – Coste instalación, adaptación, configuración y puesta en funcionamiento.

2.Adquisición de activos materiales:

  1. Equipos de telecomunicación y seguridad

  2. Servidores

  3. Ordenadores personales para el desarrollo del trabajo remoto (máximo 14.500€).

3. Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, así como, si fuera necesario, para la readaptación de la actividad o la organización de la propia empresa. El importe máximo admisible será de 14.500 euros.

¡¡Presentación de las solicitudes: desde el 4/5/2020 hasta el 26/5/2020 (a las 23:59:59 horas)!!

Más información y consultas:

Para cualquier duda que tengas en respecto de lo que incluye un software en la nube, o si puedes gestionar la prevención desde tu casa y es subvencionable, contacta sin compromiso enviando un correo a comercial@nubenet.es o llama al 964 06 64 32. 

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