netPrevencion y Ley Antifraude. Hito 5: Conservación y tratamiento de presupuestos, proformas y facturas de prueba
- PDC
- 8 may
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Periodo de implementación: Ya implementado.
Descripción del cambio y marco normativo:
Según el art. 29.2.j) de la Ley 58/2003 (LGT) y su desarrollo en el RD 1007/2023 (RRSIF VeriFactu) y la OMHAC 1177/2024, todos los registros preparatorios de facturación (presupuestos, proformas, borradores, pre-facturas) deben conservarse de forma íntegra, inalterable y trazable, aunque no se conviertan en factura definitiva.
A partir de este hito, no se pueden eliminar esos registros: el sistema bloquea cualquier intento de borrado de presupuestos, proformas o borradores.
Presupuestos, facturas proforma y borradores (sin validez fiscal):
Son operaciones ordinarias y válidas como registros preparatorios.
No generan Registro de Facturación (RF) ni se envían a la AEAT hasta su emisión definitiva.
Deben conservarse internamente con su numeración y sello de "PRESUPUESTO", “PROFORMA” o “BORRADOR”.
Facturas de prueba o test:
Por el momento esta opción no existe. Es decir, todas las facturas serán tratadas como reales, por lo que a partir del 29/07/2025 NO se deben crear facturas "ficticias", ya que se enviarán a la AEAT como reales.
Beneficios e impacto:
Cumple la obligación de conservación íntegra de todos los registros (art. 29.2.j LGT).
Evita eliminaciones que rompan la trazabilidad.
Facilita pruebas y formación sin riesgo de incumplimiento: todos los movimientos quedan registrados.
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