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netPrevencion y Ley Antifraude. Hito 1: Fin de uso del software no adaptado y gestión de contratos

  • Foto del escritor: PDC
    PDC
  • 8 may
  • 1 Min. de lectura

Periodo de implementación:Ā Desde el 29 de julio de 2025 (entrada en vigor plena del RD 1007/2023 y OMHAC 1177/2024)


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Descripción del cambio: A partir de la fecha de entrada en vigor, no podrĆ” seguir utilizĆ”ndoseĀ ningĆŗn sistema de facturación que no estĆ© adaptado al RD 1007/2023 (VeriFactu). Esto afecta exclusivamente al módulo de facturación: el resto de módulos de prevención, vigilancia de la salud o formación pueden seguir operando.


1. Mantenimiento de otros módulos

  • Contratos de asistencia vigentes: pueden mantenerse para todos los módulos excepto el de facturación.

  • Los clientes que no comuniquen su deseo de utilizar el módulo de facturación ya no lo tendrĆ”n disponible.


2. Responsabilidad tras renovación de mantenimiento

  • Si un contrato de mantenimiento abarca fechas posteriores al 29/07/2025 y el cliente rechaza la actualización, no recae responsabilidadĀ sobre el fabricante por la falta de adaptación.

  • La obligación de disponer de un SIF adaptado es del usuario final.



Beneficios e impacto:

  • Garantiza que solo se emitan facturas bajo un sistema plenamente conforme.

  • Permite al cliente continuar operando otros módulos sin interrupción.

  • Evita riesgos legales: la facturación no adaptada quedarĆ” bloqueada tras el 29/07/2025.


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