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Actuación frente al Covid-19

Importante: Dado que la información y el conocimiento sobre la propagación del virus es cambiante, puede consultar toda la información disponible en la página del Ministerio de Sanidad: www. mscbs.gob.es

La pandemia provocada por el Coronavirus está suponiendo una emergencia sanitaria y social no conocida antes en nuestro país por lo que se están produciendo también novedades legislativas permanentes para adaptar a las empresas y los trabajadores a la nueva situación.

El pasado miércoles 18 de marzo se publicó el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf

FUENTES DE INFORMACIÓN. ( Actualizado 29/03/20).

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL SARS-CoV-2.

FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES.

LA EMPRESA deberá formar e informar a sus trabajadores sobre los riesgos del coronavirus y para ello deberá hacer uso de las infografías publicadas por el Ministerio de Sanidad.

AUTEVALUACIÓN TELETRABAJO.

Para cumplir con el artículo 5 del Real decreto 8/2020, el Ministerio de Trabajo Y economía Social, pone a disposición de los trabajadores de las empresas este cuestionario.

El cuestionario tiene un carácter no exhaustivo y debe entenderse como una identificación de las condiciones que, como mínimo, debería tener el puesto de teletrabajo. Las preguntas del cuestionario están referidas a las condiciones específicas del lugar en el que la persona trabajadora desempeñe su tarea con la ayuda del ordenador y elementos auxiliares como el teléfono o documentos. El modo de proceder según la respuesta de cada ítem del cuestionario se establece de modo que, si la respuesta a la pregunta es afirmativa esto significa que la condición de trabajo es adecuada y que no es necesario tomar ninguna medida. Por el contrario, si la respuesta a la pregunta es negativa se recomienda que el trabajador tome medidas para su adecuación. Si esto no es posible, se pondrá en conocimiento del servicio de prevención de la empresa para su análisis y, en su caso, adopción de medidas.

Es importante subrayar la necesidad de que la recopilación de información que se lleve a cabo mediante el cuestionario esté acompañada de una formación específica al trabajador sobre los riesgos y medidas preventivas aplicables en un puesto de teletrabajo.

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